Para reducir
la contaminación del aire, la "California Air Resources Board" (CARB) determinó en 1988 que todos los automóviles a
gasolina contaran con OBD (On Board Diagnostics), que controlara los límites
máximos de emisiones y además un autocontrol, el On Board Diagnostics de
componentes relevantes de las emisiones de gas a través de dispositivos de
mando electrónicos. Para que el conductor detecte un mal funcionamiento del OBD
se impuso la obligación de tener una lámpara que indique fallos (MIL -
Malfunction Indicator Lamp).
Medidas más
estrictas en los límites de emisiones en 1996 llevó a la creación del OBD II.
En Europa se introdujo el OBD ajustándose al OBD-II americano. Desde 1996 el
OBD II es un requisito legal para automóviles nuevos en Estados Unidos. Con
base en esta regla americana se impuso en los noventa la inclusión de sistemas
de diagnóstico también para los automóviles destinados al mercado europeo.
En Europa,
según la Directiva 98/69EG, los automóviles a gasolina del año 2000 en
adelante, los diésel de 2003 en adelante, y los camiones de 2005 en adelante
tienen que estar provistos de un OBD. La interfaz estándar del OBD-II no
solamente es utilizada por el fabricante para sus funciones avanzadas de
diagnóstico sino también por aquellos que van más allá de lo que la ley exige.
La siguiente
etapa planeada es el OBD-III, en el que los propios automóviles se comunican
con las autoridades si se produce un empeoramiento de las emisiones de gases nocivos
mientras está en marcha. Si esto sucede, se pedirá a través de una tarjeta
indicativa, que se corrijan los defectos.
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